Faltan otras sentencias médicas
Por: Oscar López Reyes
Cuando nuestro segundo hijo y su hoy esposa se graduaron de médicos, les imploramos para que jamás dejaran de atender a un paciente por falta de dinero, o por un reclamo de aumento salarial. La primera dispensa hacia esa prole aplicada fue poner en sus manos un esfigmomanómetro (aparato para tomar la presión arterial), un estetoscopio (para auscultar o escuchar órganos de los pacientes) y el juramento Hipocrático (redactado 400 años antes de Cristo), con el subrayado de que “dirigiré la dieta con los ojos puestos en la recuperación de los pacientes, y les evitaré de toda maldad y daño”.
La exhortación precedente colocó el acento en el espíritu público-humano-social, para que no se vieran envueltos en la vorágine del actual vendaval de demandas judiciales que se ventilan contra galenos, clínicas privadas y hospitales gubernamentales, que suman más de 500. Si otros casos se estudiaran exhaustivamente, los expedientes acusatorios serían de más de cuatro dígitos.
Sin exagerar, no sería ocioso analizar si en las negligencias y otras complicaciones de salud de ciudadanos habría complicidad culposa -que conllevan a otras sentencias- de parte de la Asociación Nacional de Clínicas Privadas de la República Dominicana (Andeclip), la Asociación Dominicana de Administradoras de Riesgos de Salud (Adars) y el Colegio Médico Dominicano.
El hospital Ney Arias Lora ha sido condenado al pago de una indemnización de 10 millones de pesos al ser encontrado responsable por la amputación de una pierna a un paciente tras contraer una bacteria; la clínica Corazones Unidos fue sentenciada a la amortización de 6 millones de pesos a resultas de la inapropiada implantación de lentes intraoculares, y el cirujano plástico Asmín Aquino Rodríguez fue castigado con un mes de prisión y el desembolso de dos millones de pesos por un pésimo servicio operacional.
Waldo Ariel Suero, específicamente, obra como un guerrillero electorero en defensa de los profesionales de la medicina, y no de la colectividad. Nunca lo hemos escuchado pedir públicamente a sus colegiados que ejerzan con espíritu público-humano-social -como acontece con cientos de sus colegas, que son modelos de competencia profesional y responsabilidad- y que sean extremadamente cuidadosos para no lesionar y luego caer en las garras de la justicia.
Apena leer esta frase del susodicho: “De continuarse por este peligroso camino de querer judicializar cada paciente que se complica, estaríamos llevando no tan solo a los médicos, a los centros de salud y, aunque usted no lo crea, a todo el país a una situación de extremismo donde muchos médicos y muchos centros de salud comenzarían a alejarse del ejercicio, muchos colegas abandonarían su profesión y el cierre de varios centros de salud”.
Las equivocaciones saltan por la lentitud y desidia en salas de emergencia, diagnósticos erráticos, por la ausencia de atención minuciosa, por medicación inadecuada y por contraer bacterias en los quirófanos, por cuya abundancia el Ministerio de Salud Pública está compelido a investigar la causa y fijar normas preventivas. ¿Cuántos dominicanos han fallecido por contagiarse con bacterias en salas de operaciones? ¡Grave…!
La inadecuada prescripción acaece por la superficialidad engendrada en el aceleramiento, el afán monetario y el cansancio derivado del exceso de trabajo de los facultativos. ¿Se compenetra con su paciente un médico que, en un solo día, consulta a más de 50 personas en tandas matutinas, vespertinas y nocturnas?
En el borde de esas fallas, los pacientes pierden tiempo, monedas y hasta la vida, y los galenos por contenes echan a rodar su reputación, dinero, la libertad y el exequatur. Los daños emocionales son compartidos. Para mejor lidiar en esas desventuras, tenemos médicos que se han inscrito a estudiar derecho, y matriculan a hijos suyos en facultades de ciencias jurídicas de universidades.
Para desechar angustias, sufrimientos, pérdidas económicas y prisiones, los médicos tienen que ser extremadamente cuidadosos, dedicando más tiempo a sus pacientes, y hablándoles claro tanto a estos como a sus familiares, sobre todo en lo relativo a las condiciones preexistentes.
Los clínicos o terapeutas ganan más ejerciendo su profesión con un sentido público-social, y comprendiendo que el cuidado de la salud de nuestros semejantes está por encima de las reclamaciones particulares, sin que esto signifique que dejen de llorar por un salario más acorde con su nivel social y formalidades laborales más acogedoras.
La sociedad no soporta más actos que conduzcan a la extinción física, ni tampoco las tradicionales huelgas, que atentan contra el fundamental derecho a la vida. ¡Qué lastimoso es presenciar a decenas de pacientes acostado en bancos de hospitales públicos, quejumbrosos, desesperados y sin recibir asistencia para calmar sus dolencias! ¡qué lacerante es ver morir a seres humanos bajo la contemplación indiferente de profesionales vestidos de blanco!
Las actitudes de médicos devienen, con bastante frecuencia, en homicidios, y éstos pueden implicar juicios y sanciones judiciales. Además de miserables, el Colegio Médico no se detuvo con paros ilegales, y ahora reacciona impetuosamente ante las dañinas prácticas profesionales. O sea, no acata la Constitución de la República ni el Código Penal.
En su artículo 8, numeral 11, letra D, la Constitución de la República expresa que “se admite el derecho de los trabajadores a la huelga y de los patronos al paro en las empresas privadas, siempre que se ejerzan con arreglo a la ley y para resolver conflictos estrictamente laborales. Se prohíbe toda interrupción, entorpecimiento, paralización de actividades o reducción intencional de rendimiento en las labores de las empresas privadas o del Estado. Será ilícita toda huelga, paro, interrupción, entorpecimiento o reducción intencional de rendimiento que afecten la Administración, los servicios públicos o los de utilidad pública. La ley dispondrá las medidas necesarias para garantizar la observancia de estas normas”.
Igualmente, el artículo 19 del Código Penal señala que “El que por torpeza, imprudencia, inadvertencia, cometa homicidio involuntario, o sea causa involuntaria de él, será castigado con prisión correccional de tres meses a dos años, y multa”.
Y el artículo 1382 del Código Civil manda que “Cualquier hecho del hombre que causa a otro un daño, obliga a aquél por cuya culpa sucedió a repararlo”. También han de ser observados el Código de Ética del Colegio Médico y el Reglamento General de Hospitales.
Las inadvertencias y falta de consideración a los pobres de este país y la violación a éstas y otras disposiciones Constitucional y legales demandan una respuesta más contundente de los ciudadanos. Es tiempo ya de que se ponga fin a las omisiones, a los deslices y a los perjuicios, que implican poner a los enfermos a retorcerse del dolor sin percibir ninguna mirada piadosa. Con las referidas sentencias y otras que vendrían, se iniciará el tránsito hacia la humanización de la medicina.