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Tribunal Constitucional rechaza recurso de un hombre que pedia ponerse nombre de Keyla

El Tribunal Constitucional (TC) rechazó un recurso de revisión solicitado por un ciudadano que buscaba anular una decisión del Tribunal Superior Electoral (TSE) que rechazó su solicitud de cambio de nombre a Keyla, por considerar que contravenía disposiciones legales nacionales.

Antes de emitir la sentencia TC/0345/25, los jueces del TC revisaron una variedad de texto legales, como la Constitución y la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) y luego determinaron que el nombre solicitado, es de carácter femenino, por lo que confundiría respecto al sexto registrado por el solicitante.

El argumento del TC está amparado en el artículo 74 de la Ley 4-23 o Ley Orgánica de los Actos del Estado Civil, que señala: “Los nombres que se le otorguen a una persona no podrán atentar contra la dignidad ni objetivamente perjudicar ni crear confusión en cuanto a la identificación del sexo de la persona”.

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