Hermanos Espaillat llegan al Palacio de Justicia apertura o no a juicio de fondo por el caso del desplome de la discoteca Jet Set.
Maribel y Antonio Espaillat llegaron la mañana de este lunes al Palacio de Justicia de Ciudad Nueva, donde el juez Raymundo Mejía emitirá la decisión sobre la apertura o no a juicio de fondo por el caso del desplome de la discoteca Jet Set.
Los imputados ingresaron al Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional a las 9:44 de la mañana, custodiados por agentes penitenciarios.
Durante su llegada al tribunal, familiares de las víctimas vociferaron epítetos contra los hermanos Espaillat mientras estos se dirigían al interior del recinto judicial bajo medidas de seguridad.
La expectativa se mantiene en torno a la decisión que adoptará el tribunal respecto al proceso derivado de una de las tragedias más impactantes ocurridas en el país en los últimos años.
Por el colapso del techo de la discoteca Jet Set, tragedia que dejó 236 fallecidos y más de 100 heridos el 8 de abril de 2025, el Ministerio Público acusa a los hermanos Espaillat de homicidio involuntario.
Los imputados enfrentan cargos por presuntas violaciones al artículo 319 del Código Penal Dominicano, que sanciona el homicidio involuntario por imprudencia, negligencia o inobservancia de reglamentos.
INFORME PERICIAL SEÑALA SOBRECARGA ESTRUCTURAL
Las pruebas presentadas por el Ministerio Público, sustentadas en testimonios y, principalmente, en un informe pericial, concluyen que la causa principal del derrumbe fue un patrón consistente de sobrecarga en la estructura.
De acuerdo con el informe, esta situación se originó por la colocación de cuatro capas de finos de concreto con distintos espesores, que sumaron 37.5 centímetros, equivalentes a 14.7 pulgadas.
A esa carga se agregaron equipos de aire acondicionado, tinacos, luminarias, plafones y el peso propio de las vigas postensadas, factores que, según la investigación, contribuyeron al colapso de la estructura.
Sin embargo, abogados de varios querellantes sostienen que los hechos deben ser tipificados como homicidio voluntario con dolo eventual, al alegar que existía conocimiento previo del riesgo estructural y que no se tomaron medidas para evitar la tragedia.
