El proyecto de ley del Código Penal fija pena hasta de tres años de prisión a quien obstruya paso a las Ambulancias
El proyecto de ley del Código Penal que se debate en el Congreso incluirá algunos conceptos relacionados con violaciones a normas viales que no están contemplados o que no fijan sanciones en la Ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
El artículo 158 del proyecto de modificación señala que quien obstaculice dolosamente el desplazamiento de una ambulancia, vehículos contra incendios o de la autoridad de orden público o en persecución del delito, sería sancionado con uno a dos años de prisión menor y multa de hasta seis salarios mínimos del sector público.
El párrafo I establece que también se impondrá pena de 15 días a un año de prisión y multa de dos salarios mínimos a los conductores que provoquen un accidente persiguiendo a una ambulancia o vehículo de socorro.
De igual manera, el párrafo II fija hasta dos años de prisión y multa de 15 salarios mínimos del sector público a los conductores que obstruyan el paso y provoquen daños graves, como la muerte o el empeoramiento de la salud del paciente trasladado.
Perseguir ambulancias es una táctica que usan algunos conductores en el país para salir rápidamente de los tapones.
El artículo 254 de la Ley 63-17 señala que todo conductor debe dar paso a los vehículos de emergencias. En caso de no hacerlo, la penalidad es únicamente una multa de uno a tres salarios mínimos.